28/10/25
BOLETÍN INFORMATIVO
Actualización en Comercio Exterior

5ta Resolución de modificaciones a las RGCE PARA 2025 Y ANEXOS 1 Y 2

1. Resumen del Cambio Legal

A continuación, se detallan las modificaciones más relevantes que deben ser consideradas para sus operaciones de comercio exterior:
 
Regla 1.3.3.  Se refuerzan las causales de suspensión en el Padrón de Importadores y de Exportadores Sectorial10.  Las reformas puntuales se refieren a las fracciones XXXII y XL, incisos a) y b), lo cual indica una mayor vigilancia en el cumplimiento normativo para evitar el contrabando y el ingreso de mercancías ilícitas (ej. narcóticos y armas), así como en el cumplimiento de permisos del Sector 13 “Hidrocarburos y combustibles”
 
Regla 3.2.3 Equipaje y franquicia de pasajeros, Se ajustan las disposiciones relativas al monto de la franquicia y el equipaje de los pasajeros.
 
Regla 3.6 Se introducen o modifican reglas para la operación y uso de los Cuadernos ATA, un documento aduanero internacional para la importación temporal de mercancías (ej. muestras, equipo profesional). Esto simplifica el despacho, pero exige a los usuarios y sus representantes aduanales la observancia estricta de las nuevas regulaciones para evitar multas por retornos extemporáneos.
 
Regla 3.7.32  Se actualizan las reglas específicas para las operaciones de importación y Exportación de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, azufre u otros productos del Anexo 14. Esta reforma subraya la prioridad de la autoridad para fiscalizar este sector estratégico y exige a los operadores del sector un cumplimiento riguroso de las nuevas disposiciones.
 
 
Regla  6.1.1 Se reforman el segundo y tercer párrafos, los cuales definen los supuestos y condiciones bajo las cuales se permite la corrección de datos en los pedimentos, siendo un punto vital para la mitigación de multas y la subsanación de errores documentales, por lo que su correcta aplicación es crucial.

2. Impacto en su Operación

– Las empresas importadoras deberán continuar aplicando las cuotas compensatorias vigentes al importar laminados de acero inoxidable de China y Taiwán.
– Se mantiene la protección a la industria nacional frente a prácticas de dumping.
– Las operaciones de importación deberán considerar el impacto financiero de las cuotas en sus costos.

3. Acciones Recomendadas

– Verificar si sus productos están sujetos a cuotas compensatorias.

3. Acciones Recomendadas
– Verificar si sus productos están sujetos a cuotas compensatorias.
4. Recursos y Asesoría

Para conocer el detalle íntegro de la publicación, puede consultar la fuente oficial:

– Ver fuente: DOF 21-Oct-2025
– Diario Oficial de la Federación:   https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5770439&fecha=21/10/2025#gsc.tab=0

Nuestro equipo de especialistas está listo para brindarle asesoría personalizada para evaluar el impacto de estos cambios en sus operaciones y asegurar que sus procesos se mantengan en cumplimiento.

– Correo: [info@ppgloballogistics.com]
– Teléfono: [956-942-8484]
– Daniela Cabrera
P&P Global Logistics
Su aliado en soluciones aduanales y logísticas con enfoque en cumplimiento y eficiencia.

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