Anteproyecto del aviso automático para importación de aluminio
Le informamos sobre el anteproyecto que contempla la ampliación de la información requerida en el aviso automático de importación de productos de aluminio.
Se adiciona la Regla 2.2.26 BIS y la fracción IV al numeral 8 del Anexo 2.2.1 del Acuerdo de Reglas en materia de comercio exterior, emitido por la Secretaría de Economía.
Con ello, se incorporan nuevas fracciones arancelarias y requisitos adicionales.
Se incorporan 42 fracciones arancelarias (partidas 76.01, 76.04, 76.05, 76.06, 76.07, 76.08, 76.09 y 76.16 ) “aluminio en bruto, barras, varillas, perfiles, alambre, placas, láminas, tiras, tubos, accesorios y piezas fundidas o forjadas”
y se añaden requisitos adicionales como país de fundición, país de vertido, país de origen, descripción técnica y precio unitario
2. Impacto en su Operación
Este cambio no crea un proceso nuevo, sino que amplía el aviso automático existente para productos de aluminio.
Las empresas deberán presentar el aviso automático antes de importar aluminio, cumpliendo con los nuevos requisitos de información detallada.
Esto implica ajustes en la documentación, trazabilidad y control interno para garantizar el cumplimiento.
– Preparar la información requerida: fracción arancelaria, cantidad, valor, países de fundición y vertido, país de origen, proveedor, descripción técnica y precio unitario.
– Actualizar sus procesos internos para cumplir con el aviso automático en cuanto se habilite el trámite.
Para más información:
– Ver documento del Anteproyecto
– Nuestro equipo puede brindarle asesoría personalizada para la adecuación de procesos.
– Teléfono: [956-942-8484]
– Daniela Cabrera
P&P Global Logistics
Su aliado en soluciones aduanales y logísticas con enfoque en cumplimiento y eficiencia.